Abogados Fuerteventura
¿PUEDE EL DINERO NEGRO SACARNOS DE LA CRISIS? Artículo de Opinión. Por Rafael Linares. [+ info]

La reforma concursal será efectiva en 2010 [+ info]

Juzgado de lo Social. Magistrado Gimeno Lahoz. Didáctica sentencia sobre los requisitos para la existencia de mobbing. [+ info]

TS. Sala de lo Civil. La compraventa inmobiliaria implica la obligación de entregar lo ofertado en la publicidad. [+ info]

TS. Sala de lo Civil. La ruina funcional no abarca cualquier tipo de imperfección. [+ info]

La profesionalización del seguimiento, gestión y cobro de los clientes reduce hasta en un 40% el riesgo de impago. [+ info]

Familias y empresas bajan a la mitad la cuantía de sus impagos comerciales, según datos del INE. [+ info]

"NUEVOS" COLABORADORES NECESARIOS EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL [+ info]

TS. Sala de lo Civil. Responsabilidad del aparejador por no revisar los materiales empleados en la construcción. [+ info]

TS. Sala de lo Civil. El arquitecto no responde de las medidas de seguridad en obra. [+ info]

TS. Legitimación del Promotor en las reclamaciones por defectos constructivos. [+ info]

NULIDAD DE UN CONTRATO DE PERMUTA FINANCIERA. SAP JAEN 29-03-2009 [+ info]

STS. Penal. Mantiene la condena a un padre por impago de pensión a pesar de probar no ser el padre biológico. [+ info]

EXPLICACIONES DE LA CRISIS INMOBILIARIA 2007-2010 [+ info]

Concurso de acreedores de persona física. Autos 69/2004 Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona. [+ info]

TS: Responsabilidad de los administradores por no convocar la junta para disolver la sociedad. [+ info]

TS: Consecuencias de la falta de impugnación por la no inclusión de un crédito en la lista de acreedores. [+ info]

SAP Santander 283/2005: culpa al "Maligno" de una ruptura matrimonial [+ info]

STS 16-12-2009. Nulidad por abusivas de las clausulas tipo previstas para diversos contratos bancarios. [+ info]

Acceso Extranet Recibir Newsletter Reclamación de ImpagosReestructuraciones EmpresarialesIndemnizaciones de TráficoReclamaciones LaboralesReclamaciones Incapacidades ante la Seguridad Social

GesDeuCo. Gestión de Deuda y Cobro

El diario económico “Cinco Días” abordaba en un reciente artículo las diferentes técnicas utilizadas para adaptarse al “cambio del panorama económico” en el que la morosidad financiera media ha pasado de estar situada por debajo del 1% en 2007 a sobrepasar el 5%. 

“Los expertos aconsejan buscar personal con experiencia que realice un control preventivo, lo que reduce los impagos hasta en un 40%”, afirma el diario, a través de “la profesionalización del seguimiento, gestión y cobro de los clientes”.

Con la implementación de nuestra marca “GesDeuCo” (Gestión de Deuda y Cobro) tratamos de transformar la operativa de un servicio tradicional como es el tratamiento integral y sistematizado de la morosidad de nuestras empresas cliente, sin menoscabo de la asistencia presencial y personalizada, y compartiendo sus intereses, fijando nuestra retribución en gran medida (a excepción de una razonable provisión de fondos) en función de los resultados obtenidos.

Nos apoyamos en todas las ventajas que ofrecen las tecnologías de la información, ofreciendo a nuestros clientes, la posibilidad de conocer on-line en cualquier momento el estado de su reclamación a través de una extranet creada al efecto.

            La herramienta es extremadamente sencilla de utilizar. Previa generación de un “usuario” y “contraseña” que le facilitaremos, usted podrá acceder a través de un enlace ubicado en nuestra web a un área de consulta personal, donde podrá visualizar todas las actuaciones llevadas a cabo y el estado actual de las mismas.

            Con GesDeuCo, en empresas medianas y grandes, el responsable del área de recobro obtendrá reportes de manera inmediata cuando lo desee, pudiendo informar con exactitud a sus superiores o colaboradores en las reuniones regulares que mantenga.

            En el caso de PYMES, el Administrador, siempre escaso de tiempo, dispondrá de una información clara y precisa rápidamente.

            Brinda también gran ayuda a “freelance” y comeciales autónomos dependientes que comercializan productos de terceros asumiendo el riesgo y ventura de las transacciones.

Ello viene a sumarse a otros beneficios, como son:

  • Una elevada profesionalización de nuestra gestión. Todas las reclamaciones son supervisadas y firmadas por abogados, que actúan apercibiendo al deudor de las consecuencias de las acciones emprendidas o por emprender. A diferencia de las tradicionales centrales de recobro que tratan masivamente la gestión de deuda a nivel nacional, y carecen de respuestas puntuales y personalizadas a circunstancias que así lo requieren, como la oposición del deudor en sede judicial, o la necesaria ejecución.

Tampoco son infrecuentes los casos en los que el deudor promueve una negociación de pago aplazado, que previa autorización, hay que llevar a efecto y formalizar.

  • Tratamiento integral de la reclamación, desde la fase prejudicial a la judicial.
  • Seguimiento continuado de cuantas acciones judiciales o extrajudiciales se emprenden. Evitamos que los procedimientos se paralicen en los Juzgados, procurando regularmente su impulso procesal.
  • Nuestro servicio es integral y presencial. Analizando el entorno, comprobamos como no pocas empresas de recuperación se limitan a exponer los beneficios del procedimiento monitorio, sin informar al cliente de las consecuencias derivadas de la oposición del deudor, o de la obligada ejecución, casos éstos en los que será necesaria la representación por Abogado y Procurador habilitado en el partido judicial de la localidad, con el incremento de costes que ello supone.
  • Somos claros y transparentes. Informamos al cliente de las diferentes acciones de las que dispone; de unas expectativas más fundadas de cobro o de no cobro; de la posibilidad de recuperar el IGIC y del tratamiento a efectos del Impuesto de Sociedades.
  • Damos coberturas a empresas de cualquier sector. Alimentación, Construcción, Servicios, Turismo, Distribución, Banca, Publicidad o Telecomunicaciones.
  • Compartimos los intereses de nuestros clientes, fijando nuestros honorarios (a excepción de una razonable provisión de fondos), en función de resultados. De esta forma su empresa deja de soportar costes fijos de recobro, convirtiéndolos en variables.
  • Aunque no es éste nuestro desempeño habitual, en el caso que el cliente no desee llevar a cabo en su propio nombre la gestión de recobro, podemos analizar la posibilidad de transmitir su cartera de impagados, proporcionándole liquidez inmediata en función de un precio que dependerá de la composición y naturaleza de la deuda, y por supuesto de las posibilidades de recuperación.
  •  Todo ello con la mayor observancia del Código Deontológico y de las obligaciones derivadas de la Ley de Protección de Datos.

 Si entiende que este servicio pueda ser de su interés, y en algún modo podamos contribuir a la buena marcha de su empresa, no dude en solicitarnos más información.

Consúltenos su caso

© 2007 Abogado Tenerife