Asesoramiento de Empresas: La Iguala

Nuestro despacho está abierto con sus clientes empresarios, pequeños, medianos o grandes, a la posibilidad de prestar un asesoramiento integral a cambio de una  iguala.

Supone disfrutar de un asesoramiento jurídico integral, a cambio del pago mensual de unas cantidades moderadas, negociables con el cliente en atención a sus necesidades particulares.

Asesoramiento EmpresasEl cliente obtiene como beneficios la disminución de los costes jurídicos y de asesoría, la facilidad de tener un único interlocutor legal, la externalización de servicios o el respaldo necesario de sus departamentos internos, como pueda ser el de recursos humanos en materia laboral. En definitiva se traduce en una mejora de la eficiencia, ya que se traduce a efectos prácticos en nuestra incorporación a la empresa como Asesoría Jurídica interna.

No en vano, nuestros clientes nos consideran uno de los despachos “artesanos” de Tenerife, donde mejor trato se les dispensa.

La iguala que nosotros proponemos y nuestros clientes aceptan, abarca todo tipo de asesoramiento jurídico, en cualesquiera ámbitos del Derecho, en el plano consultivo. Sólo los gastos suplidos relativos a viajes o desplazamientos, se abonan aparte, previa presentación de la correspondiente factura.

En añadido, si algún asunto llegase a la vía contenciosa, bien instando nosotros la acción como demandantes, bien como demandados, dispone de nuestro compromiso de ceñirnos en la facturación de los honorarios devengados a los mínimos fijados por el Consejo Canario de Colegios de Abogados.

La práctica diaria, a título de ejemplo y sin ánimo de ser exhaustivos, demuestra que la iguala es beneficiosa para:

  1. Los complejos hoteleros, y en general empresas con un número de trabajadores significativo, y consecuente en inevitablemente, de reclamaciones laborales.
  2. Mercantiles que debido a una operativa de compraventa, a menudo se vean obligadas a la reclamación de facturas o efectos impagados.
  3. Sociedades que habitualmente operan en Tenerife sin establecimiento comercial permanente.
  4. Las asesorías, como servicio adicional para sus clientes, sobre todo cuando algún asunto trasciende y llega a la vía judicial.
  5. Las empresas del sector de la construcción, aquejadas de una importante burocracia a la hora de obtener licencias, sujetos pasivos de un ordenamiento legal creciente en cuanto a sus obligaciones, y siempre con una elevada suscripción de contratos con diferentes agentes.
  6. Las inmobiliarias, sobre todo en materia contractual.
  7. Comunidades de Propietarios, por cuanto han de observar en sus actuaciones lo preceptuado por la Ley de Propiedad Horizontal.
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Si considera que pueda ser de su interés, solicite sin compromiso más información sobre nuestras igualas.

Consúltenos su caso

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